Multa de S/ 2, 580 por conducir con un brevete vencido y la inhabilitación por un año

Nota de prensa

28 de octubre de 2020 - 12:00 a. m.

Sabías que conducir con una licencia vencida es considerada una falta muy grave y se sanciona con una multa, por eso la Dirección de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de Piura, te recuerda que los brevetes tienen una vigencia determinada y al expirar se deberá solicitar una revalidación para poder volver a manejar. En esta nota la Dirección de Transportes y Comunicaciones te da a conocer la tabla de sanciones para vehículos particulares y profesionales, que deberás tener en cuenta si aún continúas manejando con una licencia de conducir vencida. La primera vez por conducir con un brevete vencido se le impondrá una multa de S/. 215 (5% de la UIT) + S/ 50.00 por cada mes transcurrido desde la fecha de vencimiento. La segunda vez será por S/. 1,290 (30% de la UIT) + S/ 50.00 por cada mes transcurrido desde la fecha de vencimiento.Sí el conductor insiste en manejar su vehículo con una licencia vencida, la tercera vez y en adelante se le impondrá la fuerte multa de S/. 2,580 (60% de la UIT) + S/ 50.00 por cada mes transcurrido desde la fecha de vencimiento más inhabilitación por 1 año para obtener la licencia de conducir.La Dirección de Transportes y Comunicaciones, te informa que revalidar es muy simple, puesto que las solicitudes de revalidación en Lima como en provincias pueden ser presentadas en cualquier momento, antes o después del vencimiento de la licencia y sin pasar por un nuevo examen práctico de manejo. Sí es indispensable haber aprobado el examen médico antes de revalidar el brevete. El examen de conocimiento ya no es requisito para revalidar la licencia de la categoría A-I. Sin embargo, en el caso de la conducción de vehículos profesionales sí es necesario dar la citada prueba. Cabe precisar que según el Decreto Supremo Nº 034-2019-MTC, la vigencia de la licencia de conducir de la categoría A-I podrá ser de 5, 8 o 10 años, dependiendo del buen comportamiento desde que se obtuvo la primera licencia o desde la última revalidación. Mientras que en el caso de brevetes profesionales es de 5, 3 y 2 años.Asimismo, cabe señalar que el nuevo Código de Tránsito sanciona con S/2,150 a los choferes que conduzcan con una licencia cuya clase o categoría no corresponda al vehículo que maneja. Al mismo tiempo, por este caso se les suspenderá el brevete por un año.