Resolución Directoral Regional N.° 654-2025-DRTyC Piura

12 de setiembre de 2025

ARTÍCULO PRIMERO: SANCIONAR a la EMPRESA LA FLOR DEL CAFÉ- LA LAGUNA EIRL. con multa de 0.05 de la UIT equivalente a DOSCIENTOS TREINTA CON 00/100 SOLES (S/.230.00) por la comisión de la infracción al CÓDIGO S.2 c) del Anexo II del D.S. N° 017-2009-MTC y sus modificatorias, referida a "INFRACCION DEL TRANSPORTISTA: Utilizar vehículos que no cuenten con alguno o cualquiera de los elementos de seguridad y emergencia, siguientes: c) Botiquín equipado para brindar primeros auxilios.", infracción calificada como LEVE, multa que será ejecutada cuando ponga fin a la vía administrativa o cuando quede firme. La autoridad competente puede adoptar las medidas administrativas (ejecución coactiva) correspondiente para garantizar su eficacia o resguardar el interés público, en tanto no sea ejecutiva, de conformidad a lo señalado por el numeral 12.3 del Articulo 12° del D.S. N° 004-2020-MTC, de acuerdo a los considerando de la presente resolución.
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RDR N°654-2025-12-09-2025

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