Resolución Directoral Regional N.° 526-2025-DRTyC Piura

24 de julio de 2025

ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR DE OFICIO LA CADUCIDAD DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR, iniciado mediante Resolución Directoral Regional N° 0280-20221G0B.PIURA-DRTyC-DR de fecha 28 de junio de 2022, la misma que resuelve APERTURAR PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR A LA EMPRESA DE TRANSPORTES EPIFANIA Y SERVICIOS GENERALES S.A.C, por el incumplimiento tipificado en el C.4.b) numeral 41.2.1 del artículo 41° del Anexo 1 del Decreto Supremo N° 017-2009-MTC correspondiente a: "Contar con el número suficiente de conductores para prestar el servicio en los términos en que se encuentra autorizado, considerando la flota habilitada y las frecuencias ofertadas, tanto en el ámbito nacional como regional si es caso", incumplimiento calificado como GRAVE, con consecuencia la suspensión de la autorización por el plazo de noventa (90) días para prestar el servicio de transporte terrestre, con medida preventiva aplicable, según corresponda la suspensión precautoria para prestar el servicio de trasporte especial de personas en la modalidad de servicio de transporte turístico: traslado, visita de local, excursión, gira y circuito interprovincialen la Región Piura. PROCEDIENDO AL ARCHIVO DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR.
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RDR N°526-2025-24-07-2025

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