Resolución Directoral Regional N.° 509-2025-DRTyC Piura

17 de julio de 2025

ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR DE OFICIO LA CADUCIDAD DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR iniciado a la EMPRESA DE TRANSPORTES TURÍSTICOS FENIX S.A.C., mediante Resolución Directoral Regional N° 0256-2022/GOB.REG.PIURA-DRTYC-DR de fecha 20 de junio del 2022, por el incumplimiento al Código C.4.a) numeral 42.1.2 del artículo 42 del Anexo 1 del Decreto Supremo N° 017-2009-MTC, correspondiente a: "Contar con el número necesario de vehículos para atender el servicio de transporte. El número de vehículos deberá tener relación directa con la distancia, tiempo de viaje, características del servicio, número de frecuencias, calidad y seguridad con que se ofrece brindarlo y la cantidad de vehículos de reserva, que resulten necesarios en base a lo antes señalado", incumplimiento calificado como MUY GRAVE, y por el incumplimiento al Código C.4.c) numeral 41.3.2 del Artículo 41 del Anexo 1 del Decreto Supremo N° 017-2009-MTC, correspondiente a: "Comunicar a la autoridad competente del respectivo registro, en un plazo no mayor de cinco (5) días calendarios, la transferencia de los vehículos que integran su flota o cualquier variación que se haya producido en la información presentada a la autoridad competente", incumplimiento calificado como LEVE.
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RDR N°509-2025-17-07-2025

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