Resolución Directoral Regional N.° 125-2025-DRTyC Piura

12 de febrero de 2025

SANCIONAR al conductor / propietario Sr. SEGUNDO DEMETRIO TORRES PEÑA, con multa de 01 UIT equivalente a CINCO MIL CIENTO CINCUENTA CON 00/100 SOLES (S/.5,150.00) por la comisión de la infracción al CÓDIGO F.1 del Anexo II del D.S. N° 017-2009-MTC y sus modificatorias, referida a "INFRACCIÓN DE QUIEN REALIZA ACTIVIDAD DE TRANSPORTE SIN AUTORIZACIÓN CON RESPONSABILIDAD SOLIDARIA DEL PROPIETARIO DEL VEHÍCULO: Prestar el servicio de transporte de personas sin contar con autorización otorgada por la autoridad competente (...)", infracción calificada como MUY GRAVE, multa que será ejecutada cuando ponga fin a la vía administrativa o cuando quede firme. La autoridad competente puede adoptar las medidas administrativas (ejecución coactiva) correspondiente para garantizar su eficacia o resguardar el interés público, en tanto no sea ejecutiva, de conformidad a lo señalado por el numeral 12.3 del Artículo 12° del D.S. N° 004-2020-MTC, de acuerdo a los considerandos de la presente resolución.
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RDR N°125-2025-12-02-2025

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