Resolución Directoral Regional N.° Resolución directoral Regional N.° 0156-2018
6 de marzo de 2018
ARTICULO PRIMERO: SANCIONAR al señor conductor CANDELARIO CARRANZA CAMPO (DNI 42594990) con multa de 01 UIT vigente al momento de la comisión de la infracción, equivalente a Tres Mil Novecientos Cincuenta Soles (S/. 3950.00) por la comisión de la infracción CODIGO F.1 del Anexo IIdel Decreto Supremo N° 017 -2009-MTC modificado por el Decreto supremo N° 005-2016-MTC, INFRACCION DE QUIEN REALIZA ACTIVIDAD DE TRANSPORTE SIN AUTORIZACION, CON RESPONSABILIDAD SOLIDARIA DEL PROPIETARIO DEL VEHICULO, referida a: "prestar servicio de transporte de personas sin contar con la autorización otorgada por la autoridad competente o en una modalidad o ámbito diferente al autorizado", infracción calificada como Muy Grave, siendo responsable solidario de la infracción, el propietario del vehículo de placa de rodaje T2H-731, la empresa SERVICIOS GENERALES ADVENIR E.I.R.L; multa que deberá ser cancelada en el plazo de quince (15) días hábiles, bajo apercibimiento de iniciarse procedimiento de ejecución coactiva, de conformidad a lo señalado por el numeral 125.3 del artículo 1250 del D.S. 017 -2009-MTC y su modificatoria el Decreto Supremo N° 063-2010- MTC.