Resolución Directoral Regional N.° Resolución directoral Regional N.° 0122-2018

20 de febrero de 2018

ARTíCULO PRIMERO: DAR CUMPLIMIENTO AL MANDATO JUDICIAL, contenido en la resolución N° 26 de fecha 05 de Setiembre del 2017 de la Sala Laboral Transitoria de la Corte Superior de Justica de Piura, de acuerdo al considerando Decimo Primero que señala "En ese sentido, no puede desconocerse a la demandante aquello que ya le fue reconocido mediante la Casación N° 11905-2014-Piura, teniendo la calidad de cosa juzgada, esto, es la accionante ostenta la calidad de servidora pública contratada, siendo así, corresponde que la entidad demandada reponga a la accionan te como servidora pública contratada para el desempeño de labores permanentes, y no bajo la modalidad de contratos de naturaleza accidental como son los contratos de suplencia, de lo contrario sería un contrasentido haber desnaturalizado su contratación de suplencia y asignarle un régimen laboral para luego reponerla bajo una modalidad contraria a los derechos reconocidos judicialmente"; en merito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

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