Nuevo Reglamento de Ordenamiento Pesquero (ROP) para la pota

Nota de prensa
Para regular de manera sostenible la explotación del calamar gigante o pota
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13 de marzo de 2025 - 12:28 p. m.

Con el objetivo de regular de manera sostenible la explotación del calamar gigante o pota (Dosidicus gigas), el Ministerio de la Producción (Produce) aprobó el nuevo Reglamento de Ordenamiento Pesquero (ROP) de este recurso, para mejorar la trazabilidad, optimizar la gestión pesquera, garantizar la sostenibilidad del recurso, fomentar la participación de la flota nacional en alta mar y asegurar el cumplimiento de estándares internacionales.
El Gobierno Regional Piura, a través de la Dirección Regional de la Producción, presentó oportunamente a Produce los comentarios y sugerencias a la propuesta del nuevo ROP del calamar gigante o pota; el cual fue socializado y analizado por los profesionales de la Direpro, con los pescadores, para la presentación de aportes.
Entre las principales disposiciones del nuevo ROP del calamar gigante o pota, se establece el uso exclusivo de la línea potera, un arte de pesca que consiste en una línea o cordel, que tiene en su extremo una plomada y una muestra potera, que sirve para pescar el recurso, debido a su selectividad y bajo impacto ambiental.
Asimismo, se implementa el Sistema Virtual para el Registro en la Organización Regional de Ordenación Pesquera del Pacífico Sur (SIVIROP), lo que facilitará la inscripción de embarcaciones peruanas para pescar este recurso en alta mar. Es por ello que, se establecerán incentivos y un sistema de monitoreo para que más embarcaciones nacionales participen en aguas internacionales, fortaleciendo la presencia del Perú en la pesca global.
Otra de las principales reformas es sobre la regulación al inicio de temporada. En ese sentido se establece que la pesca de pota solo podrá comenzar en enero bajo una Resolución Ministerial que determine el Límite Máximo de Captura Total Permisible (LMCTP), permitiendo una extracción controlada y sostenible. Además, PRODUCE podrá autorizar cuotas temporales o regímenes especiales sin afectar el LMCTP.