Resolución Directoral Regional N.° 402-2025-DRP-PIURA

12 de junio de 2025

CADUCAR con eficacia anticipada los procedimientos administrativos sancionadores, conforme al listado del Anexo I que forma parte integrante de la presente resolución; ello en aplicación de lo dispuesto en el artículo 259 del Decreto Supremo 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, debiendo volver a INICIAR nuevamente los procedimientos administrativos sancionadores ya que aún no han prescrito.
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RDR-402-2025

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