Tercer día de Capacitación Virtual realizado por Ingemmet
Nota de prensa4 de abril de 2024 - 7:30 a. m.
Penúltimo día de capacitación virtual brindado por Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (INGEMMET) brindado por el especialista Trelles.
Comenzó con la ponencia del marco normativo según la constitución política del Perú explicando lo siguiente:
- Los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación: De acuerdo a Ley N° 26821, Ley Orgánica para el aprovechamiento sostenibles de los recursos naturales, el derecho de los recursos naturales se otorga a los particulares mediante las modalidades que establecen las leyes especiales para cada recurso natural.
- El estado es soberano en su aprovechamiento: El aprovechamiento de los recursos minerales se realiza mediante el régimen de concesiones.
- Por Ley Orgánica, se fijan las condiciones de su utilización y de su otorgamiento a particulares: TUO de la Ley General de Minería, de acuerdo al artículo 9, la concesión minera otorga a su titular el derecho a la exploración y explotación de los recursos minerales concedidos.
¿Qué es la concesión minera?
Es el derecho que confiere a su titular la facultad a realizar actividades mineras de explotación y exploración de los recursos minerales, previo cumplimiento de los requisitos ambientales y de acceso al pedio superficial.
Para el desarrollo del proyecto en la concesión minera obtenida es imprescindible la aprobación de los estudios ambientales y el otorgamiento por parte de la autoridad ambiental de la certificación ambiental correspondiente, además de los permisos y autorizaciones que establece el marco legal correspondiente.
Competencias Administrativas
En base a la calificación del administrado
- Régimen general – Ingemmet
- PPM/PMA (Vigente) – Gobiernos Regionales
En base a la competencia en caso de administrado no acredita como PPM o PMA
- Únicamente el administrado que reúne las condiciones del articulo 91 de la Ley General de Minería (LGM) y que además no se encuentra acreditado como Pequeño Productor Minero (PPM) o Pequeño Minero Artesanal (PMA)
En base a la competencia territorial entre regiones
- Si un petitorio de concesión minera se ubica entre dos o más regiones, es competente el Gobierno regional donde se ubica la mayor parte del área, de acuerdo a la Cartografía Digital Censal elaborado por el INEI.
Evaluación Legal - Cumplimiento de Requisitos
Datos del Petitorio
- Nombre
- Sustancia
- Datos del área
- Zona geográfica
- Escala
- Coordenadas UTM Datum WGS 84
- Datos generales del solicitante
- Datos de inscripción (Persona Jurídica)
- Datos del representante (Persona Jurídica)
- Nacionalidad
- DNI/Carné Extranjería
- RUC
- Estado Civil
- Datos del Cónyuge
- Declaración Jurada de compromiso previo del peticionario
Termino la presentación con la evaluación legal del petitorio minero no metálico de acuerdo al artículo 14 del Decreto Ley N° 21419, Decreto Legislativo N° 613 y la Séptima Disposición Complementaria de la Ley de Promoción de Inversiones en el Sector Agrario, Decreto Supremo N° 653.