Comunicado Respecto al Decreto Legislativo Nº 1607
Nota de prensa
19 de enero de 2024 - 7:30 a. m.
Gobierno Regional Piura a través de la Dirección Regional de Energía y Minas Piura, ante las diferentes versiones distorsionadas y consultas recibidas respecto a la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1607, informa a la opinión pública y especialmente a los titulares de concesiones mineras, pequeños mineros y mineros artesanales en proceso de formalización, lo siguiente:
- La obligación de celebrar contratos de explotación/cesión o aquella comunicación por parte del titular de la concesión minera de no tener la intención de celebrarlo, no se refiere a la totalidad del área de la concesión sino exclusivamente al área de la concesión que cuenta con la autorización para realizar actividades mineras de exploración o explotación, emitida por la autoridad minera correspondiente.
- La Policía Nacional del Perú no puede aplicar las medidas dispuestas en el Decreto Legislativo Nº 1100 a las personas inscritas en el Registro Integral de Formalización Minera – REINFO, que se encuentren en estado “VIGENTE”. Esta facultad sólo se aplicará a quienes se encuentren con inscripción en el REINFO en estado “SUSPENDIDO”, realizando actividades mineras y usando material explosivo sin la autorización correspondiente.
- Finalmente, es oportuno señalar que para mantener “VIGENTE” la inscripción en el REINFO sólo se deberá presentar el instrumento de gestión ambiental para la formalización de actividades de pequeña minería y minería artesanal – IGAFOM ante la autoridad regional competente, realizar la declaración de producción semestral ante el Ministerio de Energía y Minas – MINEM y contar con el Registro Único del Contribuyente – RUC activo, en renta de tercera categoría y actividad económica de minería.
La Dirección Regional de Energía y Minas Piura y la Dirección General de Formalización Minera del Ministerio de Energía y Minas Piura, se encuentra al servicio de nuestros administrados, para poder generar mesas de intermediación previa solicitud del interesado, entre el Titular de la Concesión Minera y el Minero en Proceso de Formalización inscrito en REINFO.