Dirección De Agricultura Y Agrorural
Nota de prensa
19 de abril de 2017 - 12:00 a. m.
Una vez concluido el empadronamiento de los productores cuyos campos fueron afectados por las lluvias y desbordes del río, originados por el Niño Costero, que serían beneficiados con el Bono de Emergencia o podrían acogerse al Plan de Siembras de Cultivos Temporales y el Plan de Recuperación de Frutales; se remitirá la información para su validación por parte de la Dirección Regional de Agricultura Piura y a AGRORURAL, en representación del Ministerio de Agricultura y Riego.
Así lo informó el director regional de Agricultura, Ing. Mario Laberry Saavedra, quien hizo hincapié que el bono será para aquellos productores que tengan como máximo 5 hectáreas y que hayan perdido el 50% de su producción o capacidad productiva. El monto máximo de apoyo será de 4 mil soles (equivalente a cuatro hectáreas), debido a que el programa está dirigido a pequeños productores.
Se precisó que mañana jueves culminaría el empadronamiento de los productores, según acuerdo del Comité de Gestión Regional Agraria, presidido por el Ing. Mario Laberry Saavedra, quien se reunió con los representantes de las OPA´s (Organismos Públicos Adscritos) del MINAGRI, Juntas de Usuarios y las Comisiones de Regantes de la región.
En la reunión, en la que también participaron representantes de las Agencias Agrarias de la DRAP, INIA, AGRORURAL, SERFOR y Sierra Exportadora, se aclararon todas las dudas de los productores sobre quiénes podrían acceder a este bono y la forma de llenar la ficha, que es un requisito indispensable para poder obtener este beneficio.
Cabe señalar que también se pondrá en marcha el programa de Rehabilitación del Sistema de Riego, ya que no serviría otorgar dinero a los agricultores si no pueden regar sus cultivos.
El plan de Promoción de Cultivos Temporales (es decir, cultivos que solo se pueden sembrar en una época específica del año, especialmente en períodos de lluvia), brindará a pequeños productores afectados, semillas, fertilizantes, y servicios hasta por mil soles por ha, por un máximo de 4 mil soles.
Los cultivos que se incluyen en este plan son aquellos que pueden sembrarse de manera inmediata y pueden cosecharse en el 2017, como menestras, maíz, algodón, camote, sorgo, entre otros.
El Plan de Recuperación de Plantaciones Frutales, brindará semillas, fertilizantes, y servicios hasta por 1500 soles por ha, por un máximo de 4 hectáreas. En este caso, los cultivos a recuperar son permanentes como banano, mango, limón, palto, entre otros.
Es importante recalcar, que todos los productores afectados pueden acceder al Bono de Emergencia Agrario y a uno de los planes de Promoción de Cultivos Temporales o de Recuperación de Plantaciones Frutales, más no a los tres al mismo tiempo.
REQUISITOS
Entre los requisitos solicitados para acceder al bono es indispensable contar con la firma o huella digital del productor, así como la ubicación, condición y área del predio y de la zona de cultivo afectada. En el caso de productores arrendatarios, tienen derecho a cobrar el bono, siempre que presenten documentos que prueben que han invertido en el terreno indicado en la ficha.
“Este programa me parece bastante útil como medida inmediata porque permite ayudar al agricultor que por el momento no puede trabajar, además la alianza MINAGRI – DRAP es excelente, muy eficaz, he sido testigo de la unión y articulación que existe entre ambos y el beneficio que otorga al agricultor”, indicó el representante de la Junta de Usuarios del Alto Piura, Teddy Ubillus Olemar.
Finalmente, tanto el ing, Mario Laberry como el representante de AGRORURAL, Ing. Juan Burga, resaltaron los esfuerzos del Ministerio de Agricultura y Riego, el Gobierno Regional Piura, mediante la Dirección Regional de Agricultura y las entidades que apoyan el programa, para beneficiar de manera eficaz y rápida a los productores afectados de la región y llevar a cabo la reactivación productiva agraria.
A TOMAR EN CUENTA: - Solo accederán al programa aquellos productores que sembraron antes del FEN. - Si el productor ha fallecido, la esposa o hijo deben registrarse con una declaración jurada y con la firma de un Juez de Paz. - Si el productor es analfabeto y no cuenta con firma, esta debe ser firmada por el presidente de la Comisión de Regantes. - Tanto los presidentes de las Juntas de Usuarios y las Comisiones de Regantes, presentarán una declaración jurada sobre el número de fichas que presenten así como la veracidad de las mismas. |