Resolución Directoral Regional N.° RDR N.° 311 - 2025 / GOBIERNO REGIONAL PIURA - DRAP - DR

16 de julio de 2025

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: DAR CUMPLIMIENTO
en sus propios términos a la Resolución N° 21 de fecha 15.09.2023, recaída en el expediente N° 04699-2008-0-2001-JR-CI-02, la misma que señala lo siguiente:

"1) TENGASE
por RECIBIDO el presente expediente, remitido por la Primera Sala Especializada Civil de Piura; y CÚMPLASE LO EJECUTORIADO por el superior jerárquico, en consecuencia:
2) REQUIÉRASE a la demandada, Gobierno Regional de Piura, en la persona de su representante legal, para que CUMPLA en el plazo de QUINCE DIAS nueva resolución, en la que disponga se incluya al actor en la planilla de trabajadores contratados desde el 03 de enero de 1997, respetándose su derecho a la seguridad social conforme a la presente sentencia y por último se le cancele el goce vacacional conforme lo dispuesto por el artículo 102 del D.S 005-90-PCM; más los devengados e intereses legales correspondientes. Asimismo, se dispóngase le cancele al actor el incentivo económico de canasta de alimentos desde el 10 de marzo de 1999, más los devengados e intereses legales correspondientes. NOTIFIQUESE conforme a ley. AVÓQUESE al conocimiento de la presente causa el Magistrado que suscribe e interviniendo el Especialista Legal que da cuenta por disposición Superior."

Esta norma pertenece al compendio RESOLUCIONES - 2025/ GOBIERNO REGIONAL PIURA-DRAP-DR

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Resolucion 311

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