Resolución Directoral Regional N.° RDR-N.°365-2024 PIURA-DRA-DR

19 de diciembre de 2024

ARTICULO PRIMERO: DAR CUMPLIMIENTO EN SUS PROPIOS TERMINOS al Mandato Judicial dispuesto en la Resolución NO 14 del 5TO Juzgado de Trabajo (PCALP) — Modulo PCALP de fecha 24 de octubre de 2024 recaída en el Expediente Judicial N0 01715-2021-0-2001-JR-LA-01, a través de la cual se resuelve "1.TENER POR NO CUMPLIDO EL MANDATO JUDICIAL por parte de la demandada al emitir la Resolución Administrativa N0276-2023-GOBlERNO REGIONAL PIURA DRA-DR de fecha 03 de octubre de 2023, al no liquidar la CTS conforme a lo requerido por el superior en sus apanados 14 y 15 de la Sentencia de Vista (Resolución 06) de fecha 16 de enero del 2023. 2.-Requieresele al Director de la Dirección Regional de Agricultura Piura, para que en el plazo de DIEZ (10) días hábiles luego de notificada la presente Resolución, cumpla con DAR REAL Y EFECTIVO CUMPLIMIENTO AL MANDATO JUDICIAL ORDENADO EN AUTOS, y se PROCEDA A REALIZAR NUEVA liquidación de la CTS teniendo en cuenta lo señalado por el Superior en sus apanados 14 y 15 de la Sentencia de Vista, Resolución N 006 de fecha 16 de enero del 2023 0 en su defecto proceder a informar las acciones administrativas efectuadas al cumplimiento del mismo, en virtud a lo dispuesto por el artículo 42 0 de la Ley N027854, artículo 46 0 del Decreto Supremo N 0011-2019-JUS y artículo 73 0 del Decreto Legislativo N O 1440 BAJO APERCIBIMIENTO de imponerle un Multa personal de una URP en caso de Incumplimiento. 3.- En ese sentido, cumpla el Asistente Judicial con generar cédula de notificación dirigida directamente al Director de la Dirección Regional de Agricultura Piura, la cual deberá efectuarse en su domicilio laboral, debiéndose proceder dicho acto en virtud a lo previsto al artículo 1610 del código Procesal Civil, a fin de dar cumplimiento a la misma

Vista preliminar de documento Resolucion 365

Resolucion 365

PDF
2.6 MB