Resolución Directoral N.° Nº 232-2024 / GOBIERNO REGIONAL PIURA-DRA-DR

20 de agosto de 2024


SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.-DAR CUMPLIMIENTO a la Resolución N° 01 de fecha26 de abril de 2024 y la Resolución Nº 02 de fecha 13 de junio de 2024 (auto cautelar) recaída en el Expediente Judicial de Medida Cautelar Nº 01662-2023-1-2001-JR-LA-08, por la cual se CONCEDE LA MEDIDA CAUTELAR (ADECUADA) dentro del proceso, presentada por LUIS ALBERTO CH/ROQUE ZAPATA contra Dirección Regional de Agricultura Piura y Gobierno Regional de Piura sobre Desnaturalización de Contrato,y en consecuencia Se ordena que la demandada cumpla con mantener al accionante en su puesto de trabajo esto es como obrero-Limpieza Y Mantenimiento, hasta que se resuelva definitivamente el proceso principal. siempre y cuando a la fecha de ejecución de la medida cautelar el accionante siga prestando servicios para la demandada; así como su respectiva

inclusiónen planillasde obrerosde la entidaddemandada (. ..)".

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RDR N 232-08202024145140

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