Resolución Directoral Regional N.° 038-2024/GOBIERNO REGIONAL PIURA-DRA-DR
9 de febrero de 2024
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: RECTIFICAR, de Oficio el error material incurrido en la Resolución Directoral Regional N° 243-2023-GOBIERNO REGIONAL PIURA-DRA-DR de fecha 05 de setiembre del 2023 consignando la fecha correcta de conformidad con los hechos expuestos antes mencionados, y de acuerdo al siguiente detalle:
DICE:
Párrafo Cuarto de la parte Considerativa:
(…) le corresponde percibir una Pensión de Sobreviviente – Viudez equivalente al 50 % a una remuneración de MIL CIENTO NUEVO CON 00/100 SOLES (S/ 1,109.00) a partir del 28 de agosto del 2023, conforme el Artículo 32° inciso b) del Decreto Ley N°20530(…).
Parte Resolutiva Artículo Primero:
(…) percibir pensión provisional de viudez a partir del 28 de agosto del 2023 a doña OFELIA VALDIVIEZO DE HIDALGO (…).
Parte Resolutiva Artículo Segundo:
Otorgar y Consignar en la Planilla única de pagos, a partir del 28 de agosto del 2023 a favor de doña OFELIA VALDIVIEZO DE HIDALGO (…).
DEBE DECIR:
Párrafo Cuarto de la parte Considerativa:
(…) le corresponde percibir una Pensión de Sobreviviente – Viudez equivalente al 50 % a una remuneración de MIL CIENTO NUEVO CON 00/100 SOLES (S/ 1,109.00) a partir del 29 de enero del 2023, conforme el Artículo 32° inciso b) del Decreto Ley N°20530(…).
Parte Resolutiva Artículo Primero:
(…) percibir pensión provisional de viudez a partir del 29 de enero del 2023 a doña OFELIA VALDIVIEZO DE HIDALGO (…).
Parte Resolutiva Artículo Segundo:
Otorgar y Consignar en la Planilla única de pagos, a partir del 29 de enero del 2023 a favor de doña OFELIA VALDIVIEZO DE HIDALGO (…).