Resolución Directoral Regional N.° 234-2023-GOBIERNO REGIONAL PIURA-DRA-DR

29 de agosto de 2023

RECTIFICAR, de oficio, con efecto retroactivo, el error material contenido en el cuarto párrafo de la parte considerativa de la Resolución Directoral Regional N°147-2023-GOBIERNO REGIONAL PIURA-DRA-DR, de fecha 13 de junio del 2023, debiendo quedar de la siguiente manera:

DICE:
Que, con informe escalafonario N° 081-2023-ESC-UPER, de fecha 07 de junio del 2023, indica que el Servidor público SEGUNDO BALTAZAR RISCO MORE, ingresó a laboral el 01 de junio de 1976 (tomando como referencia la transcripción de Resolución Directoral N° 794-76-DZAI, de fecha 25 de junio de 1976), por lo que se calcula un tiempo de servicios de 45 años, 00 meses y 29 días, con nivel remunerativo STA, en la plaza N° 457-6-08-F, como Técnico Agrario III, Unidad Orgánica: Agencia Agraria Piura – Sede La Unión de la Dirección Regional de Agricultura Piura, régimen de pensiones : Decreto Ley N° 20530.
DEBE DECIR:
Que, con informe escalafonario N° 081-2023-ESC-UPER, de fecha 07 de junio del 2023, indica que el Servidor público SEGUNDO BALTAZAR RISCO MORE, ingresó a laborar el 01 de junio de 1976 (tomando como referencia la transcripción de Resolución Directoral N° 794-76-DZAI, de fecha 25 de junio de 1976), por lo que se calcula un tiempo de servicios de 47 años, 00 meses y 29 días, con nivel remunerativo STA, en la plaza N°457-6-08-F, como Técnico Agrario III, Unidad Orgánica: Agencia Agraria Piura – Sede La Unión de la Dirección Regional de Agricultura Piura, régimen de pensiones: Decreto Ley N° 20530.
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R.D.R. N° 234-2023-GRP-DRA-DR

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