Resolución Directoral Regional N.° 422-2022-GOBIERNO REGIONAL PIURA-DRA-DR

21 de diciembre de 2022

RECONOCER, la deuda por el concepto de devengados de Refrigerio y Movilidad solicitado por los administrados la Sra. TEMPORA SOSA DE ABAD y en condición de hijo del causante a HENRY WILLIAN ABAD SOSA; respecto a su solicitud de reconocimiento de saldo de adeudos de Refrigerio y Movilidad de quien en vida fue don SEGUNDO MERCEDES ABAD PEÑA, ex pensionista de esta Dirección Regional de Agricultura, en consecuencia, debe cancelarse a los herederos la totalidad del monto adeudado por la suma de ciento treinta y dos mil ciento noventa y cinco con 77/100 soles (S/ 132,195.77 soles), no obstante, al haberse efectuado pagos a cuenta desde el año 2005 al 2020 a cuenta por el monto de ciento veinte nueve mil quinientos dos con 59/100 soles (S/. 129,502.59), solo le resta el saldo deudor de dos mil seiscientos noventa y tres con 18/100 soles (S/. 2,693.18), el mismo que deberá ser pagado a los herederos conforme a la distribución realizada en la Liquidación de Devengados de Refrigerio y Movilidad de fecha 26 de setiembre del 2022, (anexo N° 01) elaborado por la Unidad de Personal, ante la Dirección Regional de Agricultura Piura en merito a los documentos que obra en el expediente administrativo, el mismo que deberá ser pagado a los herederos, según el detalle de la liquidación efectuada por la Unidad de Personal contenido en el informe N° 165-2022/GRP-420010-420613 de fecha 27 de setiembre del 2022, siendo la siguiente:

Vista preliminar de documento RDR N° 422-2022-GRP-DRA-DR.pdf

RDR N° 422-2022-GRP-DRA-DR.pdf

PDF
2.7 MB