Resolución Directoral Regional N.° 357-2022-GOBIERNO REGIONAL PIURA-DRA-DR

15 de noviembre de 2022

declarar IMPROCEDENTE respecto al pago correcto de beneficio de canasta de alimentos más devengados e intereses legales y pago de bonificación de la administrada Sra. MAGDA ESPERANZA VELASQUEZ FARFAN, toda vez que tanto la Resolución Presidencial N°115-99/CTAR PIURA-P del 10 de marzo de 1999, como la Resolución Presidencial N°693-2000/CTAR PIURA-P del 13 de diciembre del 2000, si bien autorizan el otorgamiento de una canasta de alimentos, éste no ha sido ejecutado a favor de los trabajadores de la Dirección Regional de Agricultura Piura.
Está prohibido el otorgamiento de bonificaciones al personal en la Dirección Regional de Agricultura Piura, la cual forma parte de las entidades señaladas en el artículo 6° de la Ley N°31365, Ley de Presupuesto del sector Público para el año fiscal 2022.
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