Resolución Directoral Regional N.° 263-2022/GOBIERNO REGIONAL PIURA-DRA-DR

17 de agosto de 2022

DECLARAR PROCEDENTE lo solicitado por la administrada Sra. MARLENY DEL PILAR CASTILLO DE PULACHE, respecto a su solicitud de sumas devengadas de Refrigerio y Movilidad de quien en vida su Cónyuge don PEDRO PULACHE VILLEGAS, ex pensionista de esta Dirección Regional de Agricultura, en consecuencia, debe cancelarse a los herederos la totalidad del monto adeudado por la suma de ciento treinta y dos mil ciento veinte y tres con 57/100 soles (S/132,123.57 soles), no obstante, al haberse efectuado pagos desde el 2005 al 2019 a cuenta por el monto de noventa y nueve mil quinientos tres con 01/100 soles (S/.99,503.01 soles), solo le resta el saldo deudor de treinta y dos mil seiscientos veinte con 56/100 soles (S/.32,620.56), el mismo que deberá ser pagado a los herederos conforme a la distribución realizada en la Liquidación de Devengados de Refrigerio y Movilidad de fecha 25 de julio del 2022 (anexo N° 01) elaborado por la Unidad de Personal.

Igualmente es de acotar que para el pago de la deuda, ésta se debe hacer de conocimiento la citada Resolución al Comité de Sentencias Judiciales del Pliego del Gobierno Regional Piura, con la finalidad de ser incluidos en el módulo de Sentencias Judiciales en calidad de Cosa juzgada del Ministerio de Economía y Finanzas – MEF, toda vez que el monto debe sr registrado en el acotado módulo para ser considerados en los listados priorizados que aprueba mediante Decreto Supremo el MEF, ello de conformidad con lo establecido en la Ley N° 30137 Ley que establece los Criterios de Priorización para la atención del pago de sentencias judiciales y su reglamento el decreto supremo N° 003-2020-JUS.

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