Resolución Ejecutiva Regional N.° 321-2025-G.R.P./GOB.
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº321-2025-G.R.P./GOB.
23 de junio de 2025
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR LA NULIDAD DE OFICIO de la Resolución Directoral N° 005-2025-GRP-GGR-GRDS/DRS-DG, de fecha 07 de enero del 2025, emitido por el Director General de la Dirección Regional de Salud Pasco, que resuelve DESTACAR con efectividad a partir del 1º de enero al 31 de diciembre del 2025, a doña Elizabeth Mery POMAJUICA ALANIA, Médico Cirujano del Centro de Salud Huayllay - Micro Red Meseta de la Dirección Regional de Pasco al Hospital de Lima Este Vitarte Lima, por contravenir el artículo 3.4 del Manual Normativo de Personal N° 002-92-DNP "Desplazamiento dePersonal, aprobado mediante Resolución Directoral N° 013-92-INAP-DNP, cuya nulidad se encuentra amparada en el numeral 1 del articulo 10° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 27444-Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución,
ARTÍCULO SEGUNDO.- En cumplimiento del artículo 11° del Texto Único de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N 004-2019-JUS, ENCARGAR al Gerente General Regional REMITIR copia del expediente administrativo a la Secretaria Técnica PAD de Procedimiento Administrativo Disciplinario del Gobierno Regional de Pasco y la Dirección Regional de Salud Pasco, para el deslinde de responsabilidad a que hubiere lugar en contra de los funcionarios y/o servidores que ocasionaron la emisión del acto nulo.
ARTÍCULO SEGUNDO.- En cumplimiento del artículo 11° del Texto Único de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N 004-2019-JUS, ENCARGAR al Gerente General Regional REMITIR copia del expediente administrativo a la Secretaria Técnica PAD de Procedimiento Administrativo Disciplinario del Gobierno Regional de Pasco y la Dirección Regional de Salud Pasco, para el deslinde de responsabilidad a que hubiere lugar en contra de los funcionarios y/o servidores que ocasionaron la emisión del acto nulo.