Resolución de Gerencia General Regional N.° 196-2025-G.R.P/GGR

20 de marzo de 2025

APROBAR la Prestación Adicional de Supervisión N° 03 de Obras: "MEJORMAIENTO DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS DE LA I.E. N° 34152 MARCELIANO RIOS BIANCHI DE VILCABAMBA, DISTRITO DE VILCABAMBA-DANIEL ALCIDES CARRIÓN-PASCO", solicitado por el Consorcio Unión, asciende a la suma de S/31,964.38 (Treinta y Un Mil Novecientos Sesenta y Cuatro con 38/100 soles), en razón de Veintinueve (29) días calendarios, ya que resultan indispensables para el adecuado control de la obra; esto en mérito, al numeral 34.7) del articulo 34° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, que establece: "El Titular de la Entidad puede autorizar prestaciones adicionales de supervisión que deriven de prestaciones adicionales de obra, siempre que resulten indispensables para el adecuado control de la obra"; el mismo que cuenta con Disponibilidad Presupuestal; debiéndose tener en cuenta que las prestaciones adicionales de supervisión derivadas de la aprobación de adicionales de obra (por su naturaleza accesoria), no se encuentran sujetas al limite establecido en el numeral 34.2 del artículo 34° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado, el articulo 157° numeral 157.4 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, y conforme hace referencia las Opinión No 154-2019/DTN y Opinión No 121-2021/DTN, emitidas por la Dirección Técnico Normativa del Órgano Supervisor de las Contrataciones del Estado; los mismos que han sido revisados y ameritaron un pronunciamiento de la Gerencia Regional de Infraestructura, Sub Gerencia de Supervisión de Obras, Administración de Contratos de Obra, por consiguiente, son de absoluta responsabilidad de la Gerencia y Sub Gerencia en mención, dado que dichas áreas técnicas son exclusivamente responsables de la información remitida y del contenido de la misma.
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