Resolución Ejecutiva Regional N.° 0461-2018-G.R.P/GOB.

17 de setiembre de 2018

RECTIFICAR EL ARTÍCULO 3°, por error material advertidos en la Resolución Ejecutiva Regional N° 0349-2018-G.R.PASCO/GOB, de fecha 18 de julio de 2018, según los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución y de acuerdo al siguiente detalle:

DICE:
ARTÍCULO 3°.- DISPONER el libramiento de la Carta Fianza N° 217301274, emitida por la empresa de sistemas de seguros lnSur S.A Compañía de Seguros, por concepto de adelanto directo por la suma de S/. 126,914.60 (ciento veintiséis mil novecientos catorce con 60/100 soles) previo a la entrega completa de la memoria descriptiva valorizada; esto de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 181° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

DEBE DECIR:

ARTÍCULO 3°.- DISPONER el libramiento de la Carta Fianza N° 217301274, emitida por la empresa de sistemas de seguros lnSur S.A Compañía de Seguros, por concepto de garantía de fiel cumplimiento por la suma de S/. 126,914.60 (ciento veintiséis mil novecientos catorce con 60/100 soles) previo a la entrega completa de lamemoria descriptiva valorizada; esto de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 181° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
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