Resolución de Gerencia General Regional N.° 0115-2021-G.R.P./GGR.

16 de marzo de 2021

DEJAR SIN EFECTO EL OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO A FAVOR DEL CONSORCIO SUPERVISIÓN YANACOCHA, en el marco de la Adjudicación Simplificada N° 027-2020-GRP/Consultoría de Obra (Primera Convocatoria) para la contratación del servicio de consultoría de obra para la Supervisión de la Obra: "Mejoramiento del Servicio Educación Primaria de la Institución Educativa Eulogio Vento Santamaría N° 34116 en la localidad de Yanacocha, distrito de Yanahuanca, provincia Daniel Carrión, departamento de Pasco" CUI 2158359", puesto que la empresa Jogama Consultorías y Construcciones Generales E.I.R.L., integrante del CONSORCIO SUPERVISIÓN YANACOCHA, esta impedido para ser participante, postor, contratista, toda vez que se encuentra con sanción temporal -INHABILITADO- para contratar con el estado, desde el 04 de febrero de 2021 al 04 de marzo de 2024, según la Resolución 253-2021-TCE-S4, emitido por el Tribunal de Contrataciones del Estado, por presentar documentos falsos o adulterados a las Entidades, al Tribunal de Contrataciones del Estado o al Registro Nacional de Proveedores (RNP), sanción vigente a la actualidad, motivando que no se perfeccione el contrato, para tal efecto la pérdida automática de la buena pro otorgada a su favor, y por ende, la no suscripción del contrato por causa imputable a su parte; por lo que, en estricta aplicación de lo dispuesto en el literal c) del artículo 141° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, cuando no se perfeccione el contrato, por causa imputable al postor, éste pierde automáticamente la buena pro; dado que para el perfeccionamiento del contrato, los integrantes del consorcio no deben encontrarse con sanción de inhabilitación o suspensión dictada por el Tribunal de Contrataciones del Estado; ante dicha situación dicho consorcio estaría impedido de suscribir contrato bajo el ámbito de la normativa de contrataciones de Estado.
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Resolución Gerencial General Regional N°0115-2021

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