Resolución de Gerencia General Regional N.° 0002-2021-G.R.P./GGR.
8 de enero de 2021
DEJAR SIN EFECTO EL OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO A FAVOR DE LA EMPRESA PROMOCIONES E INVERSIONES ARCO SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA, en el marco de la Subasta Inversa Electrónica N° 010-2020-GRP/BIENES (Segunda Convocatoria), para la Adquisición de Acero Corrugado ½ para la obra: "Creación de Pistas y Veredas del Barrio Yanacocha baja AA. HH. Celso Curi, distrito de Huariaca - Pasco - Pasco", puesto que dicha empresa no cumplió con presentar requisitos para el perfeccionamiento de contrato dentro del plazo establecido en la normativa de contrataciones, ocasionando al vencimiento de la fecha límite para el perfeccionamiento del contrato; Para tal efecto se aplica la pérdida automática de la buena pro otorgada a su favor, y por ende, la no suscripción del contrato por causa imputable a su parte; por lo que, en estricta aplicación de lo dispuesto en el numeral c) del artículo 141° del Reglamento, cuando no se perfeccione el contrato, por causa imputable al postor, éste pierde automáticamente la buena pro.