Ordenanza Regional N.° 24-2004-CR/GRM

21 de diciembre de 2007

Artículo Primero.- Suprímase parte del último párrafo del artículo 83°de la Ordenanza Regional Nro. 004-2004-CR/GRM, quedando su texto en los siguientes extremos: "Los Proyectos Especiales Regionales son organismos creados por el gobierno regional con aprobación del Consejo Regional o transferidos del Gobierno Central".

Esta norma pertenece al compendio ordenanza regional

Vista preliminar de documento SE ACUERDA SUPRIMIR parte del último párrafo del artículo 83° de la Ordenanza Regional N° 004-2004-CR/GRM, quedando su texto en los siguientes extremos: "Los Proyectos Especiales Regionales son organismos creados por el gobierno regional con aprobación del Consejo Regional o transferidos del Gobierno Central".

SE ACUERDA SUPRIMIR parte del último párrafo del artículo 83° de la Ordenanza Regional N° 004-2004-CR/GRM, quedando su texto en los siguientes extremos: "Los Proyectos Especiales Regionales son organismos creados por el gobierno regional con aprobación del Consejo Regional o transferidos del Gobierno Central".

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