Resolución Gerencial Regional N.° 070-2023-GOREMAD/GRFFS
24 de febrero de 2023
Articulo 1-IMPONER SANCIÓN ADMINISTRATIVA al administrado ENRIQUE HUAMAN QUISPE
identificado con DNI N°41985311, con domiciio en C. sinchi roca con Psj. Perú
SIN;Tambopata-Tambopata— Madre de Dios, por haber cometido infracción tipificada en el
numeral 26 (utilizar indebidamente o facilitar la guía de transporte forestal, así como la
documentación otorgada o aprobada por la autoridad competente para amparar la
extracción, transporte transformación, almacenamiento o comercialización de los
especímenes, productos o subproductos forestales obtenidos ilegalmente Jdel Anexo 1
del Cuadro de Infracciones y Sanciones en Matera Forestal del Reglamento de Infracciones y
Sanciones en materia forestal y de fauna Sivestr, aprobado por Decreto Supremo N*007-
2021-MIDAGRI, con una Multa que equivale a 0.462 UIT, para el presente año, el importe de
la multa deberá ser depositado en la Oficina de Administración de la Gerencia Regional
Forestal y de Fauna Silvestre-Recaudación-CAJA, consideradas infracción MUY GRAVE,
asimismo, considerando los beneficios del pronto pago de la multa que se refiere el numeral
8.5 del Decreto Supremo N°007-2021-MIDAGRI que antecede, podrá ser reducido.
identificado con DNI N°41985311, con domiciio en C. sinchi roca con Psj. Perú
SIN;Tambopata-Tambopata— Madre de Dios, por haber cometido infracción tipificada en el
numeral 26 (utilizar indebidamente o facilitar la guía de transporte forestal, así como la
documentación otorgada o aprobada por la autoridad competente para amparar la
extracción, transporte transformación, almacenamiento o comercialización de los
especímenes, productos o subproductos forestales obtenidos ilegalmente Jdel Anexo 1
del Cuadro de Infracciones y Sanciones en Matera Forestal del Reglamento de Infracciones y
Sanciones en materia forestal y de fauna Sivestr, aprobado por Decreto Supremo N*007-
2021-MIDAGRI, con una Multa que equivale a 0.462 UIT, para el presente año, el importe de
la multa deberá ser depositado en la Oficina de Administración de la Gerencia Regional
Forestal y de Fauna Silvestre-Recaudación-CAJA, consideradas infracción MUY GRAVE,
asimismo, considerando los beneficios del pronto pago de la multa que se refiere el numeral
8.5 del Decreto Supremo N°007-2021-MIDAGRI que antecede, podrá ser reducido.
Esta norma pertenece al compendio GERENCIA REGIONAL FORESTAL Y DE FAUNA SILVESTRE