Resolución Gerencial Regional N.° 015-2023-GOREMAD/GRFFS
16 de febrero de 2023
Artículo 1.-IMPONER SANCIÓN ADMINISTRATIVA al administrado LUIS ANTONIO LOZANO SUAREZ identificado con DNI N°80683364, con domicilio en La pastora s/n — Tambopata — Madre de Dios; por haber cometido infracción tipificada en el numeral "24" (TRANSPORTAR PRODUCTO FORESTAL SIN PORTAR CON LOS DOCUMENTOS QUE AMPAREN SU MOVILIZACIÓN) del Anexo 1 del Cuadro de Infracciones y Sanciones en Materia Forestal del Reglamento de Infracciones y Sanciones en materia forestal y de fauna Silvestre, aprobado por Decreto Supremo N°007-2021-MIDAGRI, con una MULTA de 0.1995% de la UIT para el presente año 2023, el importe de la multa deberá ser depositado en la Oficina de Administración de la Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre-Recaudación-CAJA, considerada cada infracción MUY GRAVE, asimismo, considerando los beneficios del pronto pago de la multa que se refiere el numeral 8.5 del Decreto Supremo N°007-2021- MIDAGRI que antecede, podrá ser reducido. Descuento del (25%) al monto de la multa, siendo a pagar la multa de 0.1496% de la UIT para el presente año 2023, si el infractor realiza el pago sin exceder los quince días hábiles de notificada la presente Resolución Gerencial. En caso de incumplimiento del pago de la multa impuesta en la presente resolución, remitir a la oficina de cobranza coactiva del GORAMAD para que se efective el pago de la multa 0.1995% de la UIT para el presente año 2023.
Esta norma pertenece al compendio GERENCIA REGIONAL FORESTAL Y DE FAUNA SILVESTRE