Convenio Regional N.° 034-2023-VIVIENDA

24 de marzo de 2023

A través del artículo 49 del Decreto Legislativo 1440, Decreto del Sistema Nacional de Presupuesto Público, se establece entre otros, que los Pliegos que cuenten con programas presupuestales pueden realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional (transferencias de partidas) con cargo a los recursos asignados a dichos programas, siempre que el Pliego habilitado cuente con productos del mismo programa o, en caso no cuente con los mismos productos, cuente con el mismo Programa Presupuesta! orientada a Resultados, salvo para las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional.

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CONV 034-2023-VIVIENDA

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