Convenio Regional N.° 034-2023-VIVIENDA
24 de marzo de 2023
A través del artículo 49 del Decreto Legislativo 1440, Decreto del Sistema Nacional dePresupuesto Público, se establece entre otros, que los Pliegos que cuenten conprogramas presupuestales pueden realizar modificaciones presupuestarias en el nivelinstitucional (transferencias de partidas) con cargo a los recursos asignados a dichosprogramas, siempre que el Pliego habilitado cuente con productos del mismoprograma o, en caso no cuente con los mismos productos, cuente con el mismoPrograma Presupuesta! orientada a Resultados, salvo para las modificacionespresupuestarias en el nivel institucional.