Resolución Gerencial Regional N.° 030-2021-GOREMAD/GRDS
7 de diciembre de 2021
INICIAR PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO contra el Mag. Luis Alberto RODRIGO MAMANÍ, quien desempeñó el cargo de Director Regional de Educación del Gobierno Regional de Madre de Dios, durante el periodo comprendido entre el 06 de febrero de 2017 al 14 de enero de 2019, por la presunta comisión de la falta disciplinaria prevista en el Artículo 85 inciso d) de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil, que data sobre "d) La negligencia en el desempeño de las funciones", específicamente la establecida en el artículo 10 - Funciones del Director General, literal p) del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional de Educación Madre de Dios", el cual establece: "Cumplir y hacer cumplir el Código de Ética de la Función Pública, debiendo en todo momento velar porque se supediten los objetivos e intereses personales a los institucionales en el ejercicio de sus funciones." Al haber omitido la ejecución de la sanción administrativa de suspensión sin goce de remuneraciones por el período de noventa (90) días impuesta al servidor Víctor Raúl RUIZ NUNURA, pese a tener pleno conocimiento de la sanción, inobservando lo establecido en el numeral 2 del artículo 7 y el numeral 10,1 del artículo 10 de la Ley 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública y los literales a) y c) del artículo 16 de la Ley 28175, Ley Marco del Empleo Público, que establece: "Cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el servicio público" y "Salvaguardar los intereses del Estado y emplear austeramente los recursos públicos[ ... ]";; conforme a los fundamentos expuestos en la presente.
Esta norma pertenece al compendio GERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO SOCIAL