Resolución Gerencial Regional N.° 8-2020-GOREMAD/GRDE
20 de febrero de 2020
Se DECLARE IMPROCEDENTE, la solicitud de Nulidad de Oficio, presentada por Paloma Aguilar Gonzales, del Título de Propiedad Rural Registrado Nº 040720, otorgado por el Gobierno Regional de Madre de Dios, a través de la Dirección Regional de Agricultura a favor de Oswaldo Pompilla Rosas de fecha 23 de octubre del 2017 y Resolución que lo autoriza; Título de Propiedad Rural Registrado Nº 040721 , otorgado por el Gobierno Regional de Madre de Dios, a través de la Dirección Regional de Agricultura a favor de Oswaldo Pompilla Rosas de fecha 23 de octubre del 2017 y Resolución que lo autoriza; Título de Propiedad Rural Registrado Nº 061031, otorgado por el Gobierno Regional de Madre de Dios, a través de la Dirección Regional de Agricultura a favor de Oswaldo Pompilla Rosas de fecha 23 de octubre del 2017 y Resolución que lo autoriza; Título de Propiedad Rural Registrado Nº 061034, otorgado por el Gobierno Regional de Madre de Dios, a través de la Dirección Regional de Agricultura a favor de Oswaldo Pompilla Rosas de fecha 23 de octubre del 2017 y Resolución que lo autoriza y Título de Propiedad Rural Registrado Nº 0400720, otorgado por el Gobierno Regional de Madre de Dios, a través de la Dirección Regional de Agricultura a favor de Oswaldo Pompilla Rosas de fecha 23 de octubre deí 201 7 y Resolución que lo autoriza; por los fundamentos expuestos.
Esta norma pertenece al compendio GERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO ECONOMICO