Convenio 003-2021-GOREMAD-GR

7 de diciembre de 2021

LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL, sede su competencia exclusiva del proyecto de inversión pública a el GOREMAD, de acuerdo a lo establecidos en el artículo 45 de la Ley de Bases de Descentralización y el artículo 79 de la Ley Orgánica de Municipalidades.

El GOREMAD, acepta asumir la competencia exclusiva del Proyecto de Inversión Pública a efectos de Ejecutar a través de la Unidad Ejecutora de Inversiones; conforme a las normas y procedimientos técnicos en la legislación peruana, referente a la ejecución de obras públicas.

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