Segunda audiencia pública regional al 2023
Informe
15 de diciembre de 2023
En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley N 27867 Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, el Gobernador Regional debe realizar como mínimo dos audiencias públicas regionales al año, una en la capital de la región y otra en una provincia en la que dará cuenta de los logros y avances alcanzados durante el periodo