Segunda audiencia pública regional al 2023

Informe

15 de diciembre de 2023

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley N 27867 Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, el Gobernador Regional debe realizar como mínimo dos audiencias públicas regionales al año, una en la capital de la región y otra en una provincia en la que dará cuenta de los logros y avances alcanzados durante el periodo

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Vista preliminar de documento SEGUNDA AUDIENCIA - 15 DIC 2023[1]

SEGUNDA AUDIENCIA - 15 DIC 2023[1]

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Vista preliminar de documento SEGUNDA AUDIENCIA PÚBLICA REG~O Al 2023

SEGUNDA AUDIENCIA PÚBLICA REG~O Al 2023

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