Conocimiento de todo público en general sobre el proceso de adjudicación y titulación

Boletín

28 de junio de 2022

Conocimiento de todo público en general sobre el proceso de adjudicación y titulación.

REFERENCIA: ORDENANZA N O 67-2621-CMPT-SO

Se ha realizado el saneamiento físico legal de la posesión informal de los Asentamientos Humanos y Urbanizaciones Municipales, en el marco de las normas de formalización de la propiedad o titulación a favor de sus poseedores informales, cuyas habilitaciones urbanas o lotizaciones con fines de vivienda, cuentan con primera de dominio o titularidad de propiedad a favor de la Municipalidad Provincial de Tambopata,

Que, en ejercicio de sus derechos los administrados:

 |   | EXP. ADM. | ADMINISTRADO | PREDIO | AREA      Y PERIMETRO | AA. HH. O UPIS
 | el | 261422621 | MIRANDA    FLORES BERNARDO | Jr. CAOBA MZ O LOTE 23 | 275.ee m2 72 . eeml | y | AA. HH. MENOR | POBLADO LA JOYA
 | e2 | 259542621 | NOEMI     ZORAYDA REATEGUI RACUA | LOS LIMONES MZ Y LOTE 1 | 346.87 m2 84.16m1 |   | MENOR | POBLADO LA JOYA
 | e3 | 232442621 | LOBO    CCOYLLO VILMA | LOS MINEROS MZ o LOTE 12 | 275.ee M2 72. |   | MENOR | POBLADO LA JOYA
 | 64 | N O 32912622 | BAUTISTA    CANO VICTOR MANUEL Y CAVERO DIVIVAY FLOR DINA | CALLE     ANTONIO TRONCOSO MZ LOTE 3 | 355 .35m2 163.26m1 |   | MENOR | POBLADO LA JOYA
 | 05 | N O 25682622 | HUAMAN UÑAPILLCO ANA MARIA | JR. LOS MINEROS MZ O LOTE 6 | 275. eem2 72 . eeml |   | MENOR | POBLADO LA JOYA
 |   | N O 24532622 | FLORES HUILLCA LIZ MONICA | CALLE CENTENARIO MZ "1-1" LOTE 5 | 346.87m2 84.16m1 | y | AA. HH . MENOR | POBLADO LA JOYA
 | 67 | N O 81482622 | RIQUELME   CAMPOS MIGUEL EDWIN | CALLE EL TAPIR MZ F LOTE e2 | 287. sem2 73 . eeml | y | AA. HH . MENOR | POBLADO LA JOYA
 | e8 | 247272621 | TUIRO  SIHUINCHA DALMESIO | JR. LOS CASTAÑEROS MZ "E" LOTE 18 | 275. eem2 72. |   | MENOR | POBLADO LA JOYA
 | 69 | N O 16472612 | VILCA ESPEDILLA FLORENCIA | CALLE 26 DE MARZO MZ Y LOTE 8 | 346.88m2 75 .84m1 |   | MENOR | POBLADO LA JOYA

 | le | 88632@22 | TACURI CUNO NANCY | JR. JUNIN Mz "12E" LOTE 7 | 366. eem2 84. eeml | y | AA. HH MIRAFLORES
 | 11 | 234222@21 | VASQUEZ ELSIDA | ACUÑA | CALLE Dr.       Raúl Romero MZ "F" LOTE 6 | 349.86 M2 76.64m1 | Y | AA. HH  LOS JARDINES
 | 12 | 278722611 | QUISPE SIMIONA | CALCIN | JR. JROGE MASHICO Mz O LOTE 15 | eem2 66. eeml | y | URB. MUNICIPAL LOS PIONEROS
 | 13 | 2@13 | BERRIOS JUAN DE | RAMOS LA CRUZ | 3R. JORGE MASHICO Mz Ñ LOTE 1 | 199.51m2 59.43m1 | y | URB. MUNICIPAL LOS PIONEROS
 | 14 | 95972e22 | VEGA JORGE | RODRIGUEZ | JR. PARAISO Mz E LOTE 1 | 216. eem2 62 . | y | URB. MUNICIPAL LOS PIONEROS




El padrón en mención es publicado en un lugar visible de las siguientes entidades:
Gobierno Regional de Madre de Dios, Prefectura Regional de Madre de Dios, Municipalidad Provincial de Tambopata (Relaciones Publicas), por un plazo de diez (le) días hábiles, en cuyo caso deben remitir la Constancia Respectiva, en un plazo no mayor a cinco (65) días hábiles, de vencido el plazo de publicación del Padrón, dando cuenta de la fecha de inicio de la publicación correspondiente y que la misma se mantuvo por el plazo estipulado. Los interesados, dentro del plazo de diez (le) días hábiles de vencido el plazo de la última publicación del Padrón en mención, pueden realizar las siguientes actuaciones ante el órgano formalizador correspondiente:

a) 
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 Solicitar la corrección de la información que figura en el padrón.

b) Formular oposición contra la calificación de un poseedor, presentando los medios probatorios que acrediten su mejor derecho o que demuestren que el poseedor calificado no cumple los requisitos para ser titulado.

Aprueban Reglamento del Decreto Legislativo N? 1689    Decreto Legislativo que Establece el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de
Predios Rurales

DECRETO SUPREMO N2 e32-2eB8-VIVIENDA

Artículo 21.- De la publicación del padrón de poseedores aptos

Realizada la calificación individual de los poseedores, el órgano formalizador publica el padrón de aquéllos calificados corno aptos para ser titulados, con indicación de los datos técnicos de los predios que ocupan.

El Padrón en mención es publicado en un lugar visible del local del órgano formalizador correspondiente, de la Municipalidad Distrital, en el local de la Agencia Agraria y del Juzgado de Paz Letrado o No Letrado más cercano al lugar en el que se ubica el predio rural materia de formalización, de Io cual se deja constancia en el acta suscrita por el personal de dichas entidades o por dos 02) vecinos del ámbito de formalización. El Padrón permanece publicado en los mencionados lugares por un plazo de diez (19) días hábiles. A solicitud del órgano formalizador, esta publicación es realizada por las entidades antes señaladas, en cuyo caso deben remitir al órgano formalizador la constancia respectiva, en un plazo no mayor a cinco (BS) días hábiles, de vencido el plazo de publicación del Padrón, dando cuenta de la fecha de inicio de la publicación correspondiente y que la misma se mantuvo por el plazo estipulado.

            MIRNIC(PACIDAD PROVINCIAL 

GERENCIA DE DESARROLLO RRBANO y ZL&RAC
GERENCIA DE CATASTRO

Los interesados, dentro del plazo de diez (le) días hábiles de vencido el plazo de la última publicación del Padrón en mención, pueden realizar las siguientes actuaciones ante el órgano formalizador correspondiente:

1)        Solicitar la corrección de la información que figura en el Padrón, debiendo identificar mediante el Código de Referencia Catastral el predio involucrado en el pedido, en cuyo caso se realiza las correcciones que sean fehacientemente acreditadas.

2)        Formular oposición contra la calificación de un poseedor, debiendo identificar al predio consignando el Código de Referencia Catastral correspondiente, presentando los medios probatorios que acrediten su mejor derecho o que demuestren que el poseedor calificado no cumple los requisitos para ser titulado. En este caso, la calificación del poseedor pasa a ser tratada como una contingencia, y se tramita de conformidad al procedimiento previsto en el Capítulo Segundo del Título IV del Reglamento de Impugnaciones, en lo que fuera aplicable, hasta la aprobación del Reglamento de impugnaciones para los procedimientos de formalización rural.

Ley que amplía los plazos de la titulación de terrenos ocupados por posesiones informales y dicta medidas para la formalización LEY N? 31656



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 TERCERA. Proceso de identificación territorial de las zonas urbanas informales

COFOPRI, como órgano técnico de asesoramiento de las municipalidades provinciales en materia de saneamiento de la propiedad predial, ejecuta el proceso de identificación territorial de las zonas urbanas informales que existen en la jurisdicción de cada provincia, para lo cual ejecuta el levantamiento catastral de dichas áreas, como parte del Catastro Urbano Nacional creado por el Decreto Legislativo 1365, y ejecuta sobre dichas áreas el diagnóstico de la informalidad. Para el desarrollo de la identificación de las áreas urbanas informales se considera los documentos de reconocimiento expedidos por las municipalidades provinciales y distritales al amparo de los numerales 1.4.3 y 3.5 del artículo 79 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, así como la información de las diversas entidades públicas y privadas. Las entidades públicas y privadas que sean notificadas por COFOPRI entregan de forma gratuita la información solicitada en un plazo máximo de 5 días útiles.

Documentos

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Vista preliminar de documento ejercicio de sus derechos los administrados

ejercicio de sus derechos los administrados

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