Contrato N.° II Convocatoria de Especialista para la Gestión del Incremento en el Acceso II -1401281

9 de marzo de 2016

DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION – MADRE DE DIOS PROCESO CAS N° 004 – 2016- GOREMAD/DRE ACCESO

PUESTOS: Especialista para la Gestión del Incremento en el Acceso II

GENERALIDADES

Objetivo de la convocatoria:

El presente tiene como objetivo establecer los requisitos, etapas, criterios de evaluación, cronograma y demás aspectos que rigen el proceso que permitirán la cobertura de los puestos de trabajo convocados en la Dirección Regional de Educación de Madre De Dios en el Programa Presupuestal 0091 - ACCESO

DRE ÁREA PUESTO PLAZAS
MDD Dirección de Gestión Institucional Especialista para la gestión del Incremento en el Acceso II 01

Dependencia unidad y/o áreas solicitante

Dirección Regional de Educación Madre de Dios.

Dependencia encargada de realizar el proceso de contratación

Comisión de proceso de Evaluación de la Dirección Regional de Educación de Madre de Dios.

Base legal

  1. Ley Nº 28044, Ley General de Educación.
  2. Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016.
  3. Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del régimen especial del Decreto Legislativo 1057 y otorga derechos laborales.
  4. Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, y su modificatoria.
  5. Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057, y su modificatoria.
  6. Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
  7. Decreto Supremo Nº 011-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación.
  8. Resolución de Secretaria GeneralNª 026-2016-MINEDU, que aprueban Normas Técnicas “Normas para la contratación administración de servicios del personal para las intervenciones pedagógicas en el marco de los Programas Presupuestales 0090, 0091 y 0106, para el año 2016.
  9. Las demás disposiciones que regulen al contrato administrativo de servicios.

DE LA DECLARATORIA DE DESIERTO O DE LA CANCELACIÓN DEL PROCESO

Declaratoria del proceso como desierto.

El proceso puede ser declarado desierto en alguno de los siguientes supuestos

  • Cuando no se presentan los postulantes al proceso de selección.
  • Cuando ninguno de los postulantes cumple con los requisitos mínimos.
  • Cuando habiendo cumplido los requisitos mínimos, ninguno de los postulantes obtiene puntaje mínimo.
  • En las etapas de evaluación del proceso.
Nota: La plaza de Acceso II queda desierta por no contar con postulantes que cumplan los requisitos establecidos en la base de la convocatoria.
Vista preliminar de documento 20_128

20_128

PDF
5.7 MB