Resolución Gerencial General Regional N.° 291-2025-GRL-GR
Apruébese la desagregación de los recursos aprobados mediante Resolución Ministerial N° 0357-2025-MIDAGRI, de fecha 16 de setiembre del 2025, para su incefporación en el Presupuesto Institucional.
16 de setiembre de 2025
ARTÍCULO 1°.- Objetivo
Apruébese la desagregación de los recursos aprobados mediante Resolución Ministerial N° 0357-2025-MIDAGRI, de fecha 16 de setiembre del 2025, para su incefporación en el Presupuesto Institucional del Pliego 453 Gobierno Regional del Departamento de Loreto para el año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 4,000,000.00 (Cuatro Millones y 00/100 Soles), en la fuente de financiamiento: 4 Donaciones y Transferencias, rubro: 13 Recursos Donaciones y _ Transferencias, en la genérica de gasto: 2.3 Bienes y Servicios; de acuerdo al siguiente detalle:
La incorporación de los recursos al Gobierno Regional de Loreto se incorporara conforme al articulo 3 de la Resolución Ministerial N° 0357-2025-MIDAGRI, que señala: Los Gobiernos Regionales incorporan la transferencia financiera bajo responsabilidad, el cual no podrán ser destinados, a fines distintos para los cuales son transferidos, conforme los Anexos 1 y 2, los mismos que serán publicados en la plataforma digital única del Estado Peruano (www.gob.pe/midagri) el mismo día de su publicación de la Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
El Desagregado del EGRESO del presente Crédito Suplementario, será destinado y ejecutado de acuerdo a los anexos que forma parte de la presente resolución.
Apruébese la desagregación de los recursos aprobados mediante Resolución Ministerial N° 0357-2025-MIDAGRI, de fecha 16 de setiembre del 2025, para su incefporación en el Presupuesto Institucional del Pliego 453 Gobierno Regional del Departamento de Loreto para el año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 4,000,000.00 (Cuatro Millones y 00/100 Soles), en la fuente de financiamiento: 4 Donaciones y Transferencias, rubro: 13 Recursos Donaciones y _ Transferencias, en la genérica de gasto: 2.3 Bienes y Servicios; de acuerdo al siguiente detalle:
La incorporación de los recursos al Gobierno Regional de Loreto se incorporara conforme al articulo 3 de la Resolución Ministerial N° 0357-2025-MIDAGRI, que señala: Los Gobiernos Regionales incorporan la transferencia financiera bajo responsabilidad, el cual no podrán ser destinados, a fines distintos para los cuales son transferidos, conforme los Anexos 1 y 2, los mismos que serán publicados en la plataforma digital única del Estado Peruano (www.gob.pe/midagri) el mismo día de su publicación de la Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
El Desagregado del EGRESO del presente Crédito Suplementario, será destinado y ejecutado de acuerdo a los anexos que forma parte de la presente resolución.
