Resolución Ejecutiva Regional N.° 280-2025-GRL-GR
Autorizar la incorporación de yores ingresos públicos por transferencia financiera, aprobados mediante Resolución Jefatura/ N° 000113-2025-SIS/J, de fecha 30 de agosto del 2025.
1 de setiembre de 2025
ARTÍCULO 1°.- objeto.
Autorizar la incorporación de mayores ingresos públicos por transferencia financiera, aprobados mediante Resolución Jefatura/ N° 000113-2025-SIS/J, de fecha 30 de agosto del 2025, para su incorporación en el Presupuesto Institucional del Pliego 453 Gobierno Regional del Departamento de Loreto para el Año Fiscal 2025, hasta por suma de S/ 507 997.00 (Quinientos Siete Mil Novecientos Noventa y Siete y 00/100 Soles), de acuerdo al anexo N° 01 “Pliego 135 Seguro Integral de Salud — Unidad Ejecutora 001 — 1091 Seguro Integral de Salud - Transferencia Financiera - Recursos Directamente Recaudados — Agosto 2025, con cargo a la Fuente de Financiamiento 4. Donaciones y Transferencias, Rubro 13. Donaciones y Transferencias, Genérica del Gasto 2.3 Bienes y Servicios; el desagregado del EGRESO del presente Crédito Supiementario, será destinado y ejecutado de acuerdo al anexo que forma parte de la presente resolución, de acuerdo al siguiente detalle:
Autorizar la incorporación de mayores ingresos públicos por transferencia financiera, aprobados mediante Resolución Jefatura/ N° 000113-2025-SIS/J, de fecha 30 de agosto del 2025, para su incorporación en el Presupuesto Institucional del Pliego 453 Gobierno Regional del Departamento de Loreto para el Año Fiscal 2025, hasta por suma de S/ 507 997.00 (Quinientos Siete Mil Novecientos Noventa y Siete y 00/100 Soles), de acuerdo al anexo N° 01 “Pliego 135 Seguro Integral de Salud — Unidad Ejecutora 001 — 1091 Seguro Integral de Salud - Transferencia Financiera - Recursos Directamente Recaudados — Agosto 2025, con cargo a la Fuente de Financiamiento 4. Donaciones y Transferencias, Rubro 13. Donaciones y Transferencias, Genérica del Gasto 2.3 Bienes y Servicios; el desagregado del EGRESO del presente Crédito Supiementario, será destinado y ejecutado de acuerdo al anexo que forma parte de la presente resolución, de acuerdo al siguiente detalle: