Resolución Ejecutiva Regional N.° 182-2025-GRL-GR
DELEGAR a la Oficina Regional de Comunicaciones e Imagen Institucional, las siguientes.
28 de abril de 2025
ARTÍCULO 1°. - DELEGAR a la Oficina Regional de Comunicaciones e Imagen Institucional, las siguientes:
1.- Materia Publicidad Estatal
a).- Solicitud de autorización previa, para publicidad estatal por radio o televisión, conforme al formato del anexo 1 de la Resolución N° 0047-2024-JNE, debiendo anexar la descripción detallada del aviso o mensaje publicitario, asi como el ejemplar del aviso en soporte digital y la transcripción literal de su alocución
b).- Presentar el Formato de reporte posterior anexo 02 de la Resolución N° 0047-2024-JNE dentro del plazo de siete (7) días hábiles, computados desde el día siguiente del inicio de la difusión, debiendo anexar una descripción detallada del aviso o mensaje publicitario y el ejemplar o muestra fotográfica a color del medio publicitario. Cuando la publicidad estatal se difunda en redes sociales y/o plataformas digitales oficiales, se debe informar el enlace o link donde se ubica el elemento publicitario.
C).- Gestionar consultas ante el Jurado Electoral Especial, sobre la difusión de propaganda electoral y publicidad estatal, asi como a la regulación de las actividades relativas al deber de neutralidad, durante el periodo electoral.
1.- Materia Publicidad Estatal
a).- Solicitud de autorización previa, para publicidad estatal por radio o televisión, conforme al formato del anexo 1 de la Resolución N° 0047-2024-JNE, debiendo anexar la descripción detallada del aviso o mensaje publicitario, asi como el ejemplar del aviso en soporte digital y la transcripción literal de su alocución
b).- Presentar el Formato de reporte posterior anexo 02 de la Resolución N° 0047-2024-JNE dentro del plazo de siete (7) días hábiles, computados desde el día siguiente del inicio de la difusión, debiendo anexar una descripción detallada del aviso o mensaje publicitario y el ejemplar o muestra fotográfica a color del medio publicitario. Cuando la publicidad estatal se difunda en redes sociales y/o plataformas digitales oficiales, se debe informar el enlace o link donde se ubica el elemento publicitario.
C).- Gestionar consultas ante el Jurado Electoral Especial, sobre la difusión de propaganda electoral y publicidad estatal, asi como a la regulación de las actividades relativas al deber de neutralidad, durante el periodo electoral.