Resolución Gerencial General Regional N.° 168-2025-GRL-GGR
Autorizar la aprobación de la modificación presupuestal en el Nivel Funcional Programático de tipo 004 Créditos y Anulaciones (Entre Ejecutoras), en el Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025.
26 de marzo de 2025
ARTÍCULO 1°.- Aprobación.
Autorizar la aprobación de la modificación presupuestal en el Nivel Funcional Programático de tipo 004 Créditos y Anulaciones (Entre Ejecutoras), en el Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025 del Pliego 453 Gobierno Regional del Departamento de Loreto, DE LA Unidad Ejecutora 001-000861 Sede Central, A LA Unidades Ejecutoras 100-000865 Agricultura, 200- 000866 Transportes y 004-001326 Organismo Público Infraestructura para la Productividad - OPIPP, por la suma total de S/ 3,748,555.00 (Tres Millones Setecientos Cuarenta y Ocho Mil Quinientos Cincuenta y Cinco y 00/100 Soles), por la fuente de financiamiento: 5 Recursos Determinados, rubro: 15 Fondo de Compensación Regional - FONCOR, en las genéricas del gasto: 2.3 Bienes y Servicios y 2.6 Adquisición de Activos No Financieros, de acuerdo a las notas de modificación y anexo que forma parte de la presente resolución, de acuerdo al siguiente detalle:
Autorizar la aprobación de la modificación presupuestal en el Nivel Funcional Programático de tipo 004 Créditos y Anulaciones (Entre Ejecutoras), en el Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025 del Pliego 453 Gobierno Regional del Departamento de Loreto, DE LA Unidad Ejecutora 001-000861 Sede Central, A LA Unidades Ejecutoras 100-000865 Agricultura, 200- 000866 Transportes y 004-001326 Organismo Público Infraestructura para la Productividad - OPIPP, por la suma total de S/ 3,748,555.00 (Tres Millones Setecientos Cuarenta y Ocho Mil Quinientos Cincuenta y Cinco y 00/100 Soles), por la fuente de financiamiento: 5 Recursos Determinados, rubro: 15 Fondo de Compensación Regional - FONCOR, en las genéricas del gasto: 2.3 Bienes y Servicios y 2.6 Adquisición de Activos No Financieros, de acuerdo a las notas de modificación y anexo que forma parte de la presente resolución, de acuerdo al siguiente detalle: