Resolución Gerencial General Regional N.° 154-2025-GRL-GR
Apruébese el Crédito Suplementario provenientes de Saldos de Balance correspondientes al Año Fiscal 2024, de conformidad con el artículo N° 50 del Decreto Legislativo N° 1440, el Pliego 453.
18 de marzo de 2025
ARTÍCULO 1°. - Objetivo
Apruébese el Crédito Suplementario provenientes de Saldos de Balance correspondientes al Año Fiscal 2024, de conformidad con el artículo N° 50 del Decreto Legislativo N° 1440, el Pliego 453 Gobierno Regional del Departamento de Loreto, incorpora la suma de S/ 212,765.00 (DOSCIENTOS DOCE MIL SETECIENTOS SESENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES); por la Fuente de Financiamiento: 5 Recursos Determinados, Rubro: 18 Canon y Sobrecanon, Regalías, Rentas de Aduanas y Participaciones, tipo de recurso: 19 Participaciones — FED en las genéricas del gasto: 2.3 Bienes y Servicios por la suma de S/ 171,813.00 (CIENTO SETENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS TRECE/Y 00/100 SOLES) y 2.6 Activos No Financieros por la suma de S/ 40,952.00 (CUARENTA MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS Y 00/100 [SOLES); el desagregado del EGRESO del presente Crédito Suplementario, será destinado y — ejecutado de acuerdo al anexo que forma parte de la presente resolución, de acuerdo al siguiente.
Apruébese el Crédito Suplementario provenientes de Saldos de Balance correspondientes al Año Fiscal 2024, de conformidad con el artículo N° 50 del Decreto Legislativo N° 1440, el Pliego 453 Gobierno Regional del Departamento de Loreto, incorpora la suma de S/ 212,765.00 (DOSCIENTOS DOCE MIL SETECIENTOS SESENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES); por la Fuente de Financiamiento: 5 Recursos Determinados, Rubro: 18 Canon y Sobrecanon, Regalías, Rentas de Aduanas y Participaciones, tipo de recurso: 19 Participaciones — FED en las genéricas del gasto: 2.3 Bienes y Servicios por la suma de S/ 171,813.00 (CIENTO SETENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS TRECE/Y 00/100 SOLES) y 2.6 Activos No Financieros por la suma de S/ 40,952.00 (CUARENTA MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS Y 00/100 [SOLES); el desagregado del EGRESO del presente Crédito Suplementario, será destinado y — ejecutado de acuerdo al anexo que forma parte de la presente resolución, de acuerdo al siguiente.