Ordenanza Regional N.° 010-2024-GRL-CR

Cuadro para Asignación de Personal CAP Provisional 2024 de la Unidad Ejecutora 407 Red de Salud Loreto Nauta de la Gerencia Regional de Salud de Loreto

30 de mayo de 2024

Artículo Primero: Aprobar, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (Cap) de la Unidad Ejecutora 407 Red de Salud Loreto Nauta, de la Gerencia Regional de Salud de Loreto, conforme las especificaciones señaladas en el Informe Técnico N° 000092-2024-SERVIR-GDSRH, emitido por la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) y sus Anexos, los cuales forman parte integrante de la presente Ordenanza Regional

Artículo Segundo: Encargar a la Gerencia General Regional, la implementación del proceso de nombramiento de los profesionales de la Salud, Técnicos y Auxilares Asistenciales de la Salud de la UE 407 de la Gerencia Regional de Salud de Loreto, en coordinación con la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; Gerencia Regional de Salud de Loreto y la Oficina de Personal, en virtud de lo previsto en el literal ñ) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 31953 Ley de presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2024, bajo responsabilidad.

Artículo Tercero: Encomendar
a la Gerencia Regional de Salud de Loreto, la implementación de las recomendaciones establecidas en Informe Técnico N° 000092- 2024-SERVIR-GDSRH, de fecha 26 de abril de 2024, emitido por la Autoridad Nacional del Servicio Civil-SERVIR.

Artículo Cuarto: Encargar, a la Oficina de Personal de la Gerencia Regional de Salud de Loreto, poner la presente Ordenanza Regional en conocimiento de la Autoridad del Servicio Civil - SERVIR, para los fines correspondientes.

Artículo Quinto: Dejar Sin Efecto, las Normas, Resoluciones y demás Disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Regional.

Artículo Sexto: Dispensar, la emisión de la presente Norma Regional, del trámite de lectura y aprobación del acta correspondiente.

Artículo Séptimo: Autorizar, a la secretaría del consejo regional de Loreto, notificar a la gerencia general regional del gobiemo regional de Loreto, para conocimiento e implementación del presente acuerdo regional y su publicación en el diario oficial el peruano y el diario de mayor circulación de la región. Asímismo, a la gerencia regional de tecnologías de la información y telecomunicación, a efecto de publicar el presente acuerdo de consejo regional, en el portal web del Gorel:www.regionloreto.gob.pe.
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