Resolución Gerencial Regional N.° 227-2025-GRL/32-GRTC

30 de julio de 2025

DECLARAR PROCEDENTE la aplicación del SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO, presentado por la administrada TABITA ANCCO USTOA, debido a que se ha superado el plazo de treinta (30) días hábiles establecido por la Ley para atender su solicitud, configurándose negligencia en la atención por parte del personal de la Dirección Ejecutiva de Transporte Acuático y de la Subdirección de Tráfico Fluvial. En consecuencia, dispóngase la apertura del Proceso Administrativo Disciplinario correspondiente, conforme a lo establecido en el Capítulo III – Procedimiento Sancionador del Texto Único Ordenado de la Ley N.º 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.Asimismo, deberá formalizarse la solicitud presentada por la administrada con la mayor celeridad posible, de acuerdo a ley.

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