Resolución Sub Gerencial Regional de Administración N.° 119-2023-GRL/SGRA

29 de noviembre de 2023

ARTÍCULO PRIMERO. - INICIAR PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO contra el servidor ALEXANDER PEREZ ELESPURU en su condición de Jefe(a) de Oficina de Logística del Gobierno Regional de Lima, bajo el régimen del Decreto Legislativo N°728; por la presunta comisión de la falta regulada en el literal q) del artículo 85° de la Ley N° 30057 que señala: "Son faltas de carácter disciplinario que, según su gravedad, pueden ser sancionados con suspensión temporal o con destitución, previo proceso administrativo: (...) q) "las demás que señale la ley", Reglamento General de la Ley N°30057, Ley del servicio Civil, aprobado con Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; Artículo 100°. - También constituyen faltas para efectos de la responsabilidad administrativa disciplinaria aquellas previstas (...) en la Ley N°27815 (...), Ley N°27815; Ley del código de Ética de función Pública. Artículo 7°. -Deberes de la Función Pública 6. Responsabilidad. Todo servidor público debe desarrollar sus funciones a cabalidad y en forma íntegra, asumiendo con pleno respeto su función pública, de conformidad con las disposiciones legales vigentes".
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