Resolución Directoral N.° 220-2025-DIREPRO-LIMA/EXTRACCION Y PROCESAMIENTO PESQUERO
21 de abril de 2025
ARTICULO 1º.- Otorgar al señor que se menciona a continuación miembro de la Asociación Sindicato Único de Pescadores Artesanales de Cerro Azul - ASUPACA de la provincia de CAÑETE, permiso de pesca sin uso de embarcación para la captura de los recursos hidrobiológicos: lorna (Sciaena deliciosa), corvinilla (Cilus gilberti), corvina (Cynoscion phoxocephalus), lenguado (Paralichthys adspersus), pejerrey (Odonthestes regia regia), machete (Ethmidium maculatum), chita (Anisotremus scapularis), borracho (Scartichthys gigas), mis mis (Menticirrhus ophicephalus), pintadilla (Cheilodactylus variegatus) y tramboyo (Labrisomus philippi) empleando los aparejos de pesca cordel, plomo y anzuelos permitidos para su captura, con destino al consumo humano directo en el litoral peruano.