Resolución Directoral N.° 27-2020-GRL-GRDS-DRTPE

11 de agosto de 2020

  1. ARTICULO PRIMERO: RECOMENDAR el INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO contra los servidores ABG. BORIS JACK DAVILA ROMAN Y ABG, EDELMIRA SAMANTHA AQUINO ASENCIOS, en su condición de Subdirector de Inspección de trabajo y de la Subdirectora de promoción y protección de los derechos fundamentales y de la seguridad y salud en el trabajo, de la dirección regional de trabajo y promoción del empleo del gobierno regional de lima , por encontrarse presuntamente inmerso en la comisión de la falta de carácter disciplinario establecida en el literal d) del articulo N° 85 de la ley 30057, ley del servicio civil , por negligencia en el desempeño de sus funciones, como por haber presuntamente trasgredido el numeral 421 del tupa de la dirección regional de trabajo y promoción del empleo del gobierno regional de lima , en el numeral 7) articula 66, numeral 5),6) y 7) articulo 86 del TUO de la ley 27444, aprobado por D.S N°004-2019-JUS, así mismo haber incumplido con sus obligaciones de los incisos b) y e) del articulo 20°, inciso d) del articulo 54° del reglamento interno del trabajo del gobierno regional de lima.
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RESOLUCION DIRECTORAL REGIONAL N°0027-2020-DRTPE-GRDS-GRL

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