Resolución Gerencial General Regional N.° 322-2024-GRL/GGR

11 de diciembre de 2024

ARTICULO PRIMERO.- PRECISAR, que la licencia sindical para negociación colectiva con goce de remuneraciones concedida en el Artículo Primero de la Resolución Gerencial General Regional N° 282-2024-GRL/GGR, de fecha 29 de octubre de 2024, abarca durante el periodo comprendido desde treinta (30) días antes de la presentación del pliego de reclamos, hasta treinta (30) después de suscrito el convenio colectivo o expedido el laudo arbitral.

ARTICULO SEGUNDO.- DISPONER, que la Oficina de Recursos Humanos realice el control y verificación de la solicitud de licencia del Sindicato de Trabajadores CAS del Gobierno Regional -SITRACAS GORELI, dentro del plazo señalado en el Artículo Primero de la presente resolución, del cronograma de los dias u horas en que harán uso de dicha licencia, justificando la finalidad para las actuaciones de la respectiva etapa del proceso de negociación colectiva, teniendo en cuenta el Artículo Segundo de la Resolución Gerencial General Regional N° 282-2024-GRL/GGR.

Esta norma pertenece al compendio Normas y Reglamentos

Vista preliminar de documento RGGR 322-2024-GRL-GGR

RGGR 322-2024-GRL-GGR

PDF
2.1 MB