Resolución Ejecutiva Regional N.° 050-2024-GOB
29 de enero de 2024
ARTICULO PRIMERO: DECLARAR la NULIDAD DE OFICIO del Procedimiento de Selección de la Adjudicación Simplificada AS-LEY 31728-SM-158-2023-GRL/CS-1 para la EJECUCIÓN DE LA OBRA: “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITO VEHICULAR Y PEATONAL DE LAS CALLES (21 DE SETIEMBRE, YARAHUAYNA Y MIRONES) Y PASAJES (SANTA ROSA, SAN JOSE, PALMA, TERESA Y ANDRES AVELINO CACERES) DEL CENTRO POBLADO DE RAPAZ, DISTRITO DE OYON, PROVINCIA DE OYON, LIMA”- CUI N° 2309714, debiéndose retrotraer hasta la etapa de integración de bases.
ARTICULO SEGUNDO: ESTABLECER las responsabilidades de los funcionarios o servidores que generaron la nulidad de oficio del Procedimiento de Selección de la Adjudicación Simplificada AS-LEY 31728-SM-158-2023-GRL/CS-1 para la EJECUCION DE LA OBRA: “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITO VEHICULAR Y PEATONAL DE LAS CALLES (21 DE SETIEMBRE, YARAHUAYNA Y MIRONES) Y PASAJES (SANTA ROSA, SAN JOSE, PALMA, TERESA Y ANDRES AVELINO CACERES) DEL CENTRO POBLADO DE RAPAZ, DISTRITO DE OYON, PROVINCIA DE OYON, LIMA”-CUI N° 2309714; debiéndose para ello remitir copias fedateadas del presente expediente a la Secretaria Técnica de las Autoridades del Procedimiento Administrativo Disciplinario del Gobierno Regional de Lima a efectos de que proceda conforme a sus funciones establecidas en el punto 8.2 de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GPGSC, Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, teniendo en consideración el artlculo 9 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado.
ARTICULO SEGUNDO: ESTABLECER las responsabilidades de los funcionarios o servidores que generaron la nulidad de oficio del Procedimiento de Selección de la Adjudicación Simplificada AS-LEY 31728-SM-158-2023-GRL/CS-1 para la EJECUCION DE LA OBRA: “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITO VEHICULAR Y PEATONAL DE LAS CALLES (21 DE SETIEMBRE, YARAHUAYNA Y MIRONES) Y PASAJES (SANTA ROSA, SAN JOSE, PALMA, TERESA Y ANDRES AVELINO CACERES) DEL CENTRO POBLADO DE RAPAZ, DISTRITO DE OYON, PROVINCIA DE OYON, LIMA”-CUI N° 2309714; debiéndose para ello remitir copias fedateadas del presente expediente a la Secretaria Técnica de las Autoridades del Procedimiento Administrativo Disciplinario del Gobierno Regional de Lima a efectos de que proceda conforme a sus funciones establecidas en el punto 8.2 de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GPGSC, Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, teniendo en consideración el artlculo 9 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado.
Esta norma pertenece al compendio Normas y Reglamentos