Resolución Directoral Regional N.° 160-2023-GRL-GRDE-DREM

27 de junio de 2023

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. - DESAPROBAR la solicitud presentada por OSWALDO ALFREDO CALLE ESCAPA mediante Solicitud N° 00007128 de Ventanilla Única del Proceso de Formalización Minera Integral el día 17.09.2020, en relación al procedimiento de evaluación del Instrumento de Gestión Ambiental para la Formalización de Actividades de Pequeña Minería y Minería Artesanal (IGAFOM) en sus aspectos correctivo y preventivo para la concesión minera HUAMPUY 1, con código N° 01-00258-14, ubicado en el distrito de Coayllo, provincia de Cañete, departamento de Lima, conforme a lo señalado en el Informe Legal Nº 213-2023/MAAH, que como anexo forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO. - OSWALDO ALFREDO CALLE ESCAPA
cuenta con un plazo de treinta (30) días calendarios siguientes al acto de desaprobación (desistimiento del IGAFOM presentado a trámite, el abandono o la desaprobación del referido instrumento), para que vuelva a presentar el IGAFOM en sus aspectos correctivo y preventivo, de lo contrario se considerará por incumplido el requisito de permanencia en el REINFO, de conformidad con el literal b) del numeral 7.2 del artículo 7° del Decreto Supremo N° 001-2020-EM, modificado por Decreto Supremo N° 010-2022-EM. El incumplimiento de las condiciones de permanencia tiene como consecuencia la suspensión de la inscripción en el REINFO según las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo N° 009-2021-EM.


Vista preliminar de documento RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL Nº160-2023-GRL-GRDE-DREM-OSWALDO ALFREDO CALLE ESCAPA

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