Resolución Directoral Regional N.° 148-2023-GRL-GRDE-DREM
26 de junio de 2023
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. – APROBAR la solicitud de evaluación de Instrumento de Gestión Ambiental para la formalización de actividades de pequeña minería y minería artesanal (IGAFOM) para las actividades de explotación de mineral metálico en sus aspectos correctivo y preventivo de la concesión minera PATIVILCA II, código N° 01-02758-07, ubicada en el distrito de Pativilca, provincia de Barranca, departamento de Lima, presentado por ARMANDO MINAYA MENDOZA, identificado con RUC N° 10152989640, cuyas coordenadas UTM de la actividad minera son las siguientes:
Área de Actividad Minera
| VERTICE | UTM – WGS 84 (*) | AREA (Ha)
| NORTE | ESTE
| 01 | 8823352 | 201708 | 30.3 ha
| 02 | 8823345 | 202250
| 03 | 8822802 | 202238
| 04 | 8822766 | 201704
| NORTE | ESTE
| 01 | 8823352 | 201708 | 30.3 ha
| 02 | 8823345 | 202250
| 03 | 8822802 | 202238
| 04 | 8822766 | 201704
ARTÍCULO SEGUNDO. – ARMANDO MINAYA MENDOZA queda obligado a cumplir con lo estipulado en el IGAFOM para las actividades de explotación de mineral metálico en sus aspectos correctivo y preventivo, los compromisos asumidos en su solicitud y lo establecido en el Informe Técnico N° 015-2023-GRL-GRDE-DREM/KAPA del Área de Formalización Minera e Informe Legal N° 230-2023/MAAH del Área de Asuntos Legales que forman parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO TERCERO. –La aprobación del presente IGAFOM no constituye el otorgamiento de autorizaciones, permisos u otros requisitos con los que deberá contar el titular del proyecto.
ARTÍCULO CUARTO. – ARMANDO MINAYA MENDOZA está obligado a mantener una mejora continua en sus medidas de control ambiental y mitigación e implementarlas durante sus operaciones. Además, es responsable de ejecutar las medidas que sean necesarias durante la etapa que generen impactos que puedan afectar el ambiente y la salud de las poblaciones de las áreas aledañas.
ARTÍCULO QUINTO. - La presente resolución directoral de aprobación de IGAFOM se expide en el marco del Proceso de Formalización Minera Integral.