Resolución Directoral Regional N.° 115-2023-GRL-GRDE-DREM
25 de mayo de 2023
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. – Declarar IMPROCEDENTE por extemporánea la solicitud de ampliación de plazo presentada mediante Expediente N° 1882574 Documento N° 4292005 de fecha 17.03.2023 por haber sido ingresada después del vencimiento del plazo otorgado por el Auto Directoral N° 492-2022-GRL-GRDE-DREM para el cumplimiento del levantamiento de observaciones.
ARTÍCULO PRIMERO. – Declarar IMPROCEDENTE por extemporánea la solicitud de ampliación de plazo presentada mediante Expediente N° 1882574 Documento N° 4292005 de fecha 17.03.2023 por haber sido ingresada después del vencimiento del plazo otorgado por el Auto Directoral N° 492-2022-GRL-GRDE-DREM para el cumplimiento del levantamiento de observaciones.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Téngase como NO PRESENTADA la solicitud de evaluación del Instrumento de Gestión Ambiental para la Formalización de Actividades de Pequeña Minería y Minería Artesanal del derecho minero, SUSAN LIZETH III con código N° 01-02479-09, ubicado en el distrito de Ámbar, provincia de Huaura, departamento de Lima, formulada por PUGLISEVICH E HIJOS S.A.C. mediante Expediente N° 1839467 Documento N° 2853754 de fecha 30.04.2021 y Expediente N° 1882574 Documento N° 2927522 del 10.06.2021, conforme a los fundamentos y conclusiones del Informe Legal Nº 156-2023/MAAH, el cual se adjunta como anexo de la presente resolución directoral y forma parte integrante de este.